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Sobre los cierres de páginas y servicios web que vulneren los derechos de propiedad intelectual

El anteproyecto de Ley de Economía Sostenible (pdf) introduce una serie de reformas en la LSSI y en la Ley de Propiedad Intelectual destinadas a reforzar las medidas actuales en defensa de la propiedad intelectual. Sirva El País como muestra de lo que dicen los medios y Enrique Dans para soliviantar a las masas. Si quieren algo de cordura, les recomiendo a David Maeztu.

En general se podría resumir en que, si se aprueba ese texto, la Comisión de Propiedad Intelectual (por ahora de mediación y arbitraje, aquí para su composición y funciones) será el organismo competente para solicitar la interrupción de la prestación de un servicio de la sociedad de la información que lesione derechos de propiedad intelectual, así como para solicitar los datos de los presuntos culpables.

Lo anterior desata una serie de preguntas:

  • ¿Podrá ese órgano administrativo cerrar páginas web? La respuesta más purista, si se lee todo el art. 8 de la LSSI, es que no, pues sólo la autoridad judicial competente podrá adoptar las medidas previstas en este artículo, en tanto garante del derecho a la libertad de expresión, del derecho de producción y creación literaria, artística, científica y técnica, la libertad de cátedra y el derecho de información. Ahora bien, la libertad de expresión y el derecho a la información son cuestiones que afectan al contenido, a la difusión y recepción de información, ideas y opiniones, y generalmente están relacionadas con los medios de comunicación, así que habría que ver si un sitio web de enlaces ed2k, torrent o pando realmente estaría amparado por estos derechos, porque a mi no me queda muy claro. Conviene recordar la Resolución del Parlamento Europeo sobre la libertad de expresión en Internet.
  • ¿Se van a cortar la descargas de los usuarios? Nada parece indicar que la reforma vaya a permitir ir contra el usuario final sino contra quieres proveen de esos enlaces, aunque lógicamente introducirá trabas para localizar estos contenidos.
  • ¿Podrá ese órgano solicitar los datos personales de los usuarios de estos servicios? No, la reforma no habla de los datos de los usuarios, que están cubiertos por la Ley de Conservación de Datos (aquí lo que escribí en su día), que establece un control judicial previo y el requisito de que esos datos sólo se pueden comunicar para la persecución de delitos graves. La reforma habla de los datos de identificación del prestador del servicio, los que debería publicar de acuerdo con el art. 10 de la LSSI, que va a ser que quedan fuera de la Ley de Conservación. Esto recuerda la estrategia de SGAE de denunciar a los sitios web ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones para obtener datos de titulares de sus titulares y poder demandarles, por lo que esta medida será una regularización de lo anterior.
  • ¿Dónde está el fallo? En el simple hecho de que difundir un enlace no equivale a la entrega de un contenido, ilícito o no, no constituye un acto de comunicación pública o puesta a disposición, por la sencilla razón de que quien controla y proporciona su acceso es quien responde a la consulta y entrega la obra (esto es, quien las aloja en sus servidores), no quien facilita una dirección o referencia para descargarlo. Por tanto, previamente debería haber una reflexión jurídica sobre la licitud de estas conductas, antes de establecer mecanismos para perseguirlas.

Y ya que estamos, bonus track (vayan los legitimados a Youtube y soliciten su retirada):



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Publicado enDelitos InformáticosPortadaPropiedad Intelectual e Industrial

28 comentarios

  1. […] Sobre los cierres de páginas y servicios web que vulneren los derechos de propiedad intelectual | J… http://www.jprenafeta.com/2009/12/01/sobre-los-cierres-de-paginas-y-servicios-web-que-vulneren-los-derechos-de-propiedad-intelectual – view page – cached Derecho de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, El anteproyecto de Ley de Economía Sostenible (pdf) introduce una serie de reformas en la LSSI y en la Ley de Propiedad Intelectual… Read moreDerecho de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, El anteproyecto de Ley de Economía Sostenible (pdf) introduce una serie de reformas en la LSSI y en la Ley de Propiedad Intelectual destinadas a reforzar las View page […]

  2. Gracias por la referencia.

    Muy claro, para el que lo quiera entender, por supuesto.

    A esta ley le queda mucho recorrido y veremos en qué queda.

    Un saludo.

    PS: Genial el bonus track.

  3. Boca Rana Boca Rana

    Es tan sencillo como esto, con esta modificación de la ley es fácil que se produzcan casos como el de Ramnín contra El Jueves, alegando, como hizo él, una infracción de la propiedad intelectual.

    Ya existen leyes de sobra para proteger los intereses de los intermediarios culturales, existen y funcionan, ésto solo es una forma de dar a los intermediarios culturales una herramienta para saltarse la ley a su conveniencia.

  4. […] observar un tono parecido en Javier Prenafeta: Ahora bien, la libertad de expresión y el derecho a la información son cuestiones que afectan al […]

  5. Como todo lo que toca con las TIC esta en estado embrionario veremos al final en que termina…

    Lo del bonus????

    Saludos

  6. […] Prenafeta, advocat especialista en noves tecnologies, intenta aclarir algunes de les coses que s’han dit aquests dies al voltant de la Llei de l’Economia […]

  7. […] David Maeztu (Proyecto de Ley de Economía Sostenible y los cortes de internet), Javier Prenafeta (Sobre los cierres de páginas y servicios web que vulneren los derechos de propiedad intelectual) y ruizdequerol (no hay que perderse este […]

  8. Abogados en bilbao: el bonus es un guiño para recalcar que poner un enlace no supone infracción alguna.

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  12. Hola Javier. Yo, desde luego no entiendo de cuestiones jurídicas.
    Se me escapan estos asuntos. Pero, realmente no entiendo qué
    pretenden con estas leyes. A veces me pregunto si lo que se
    persigue es dar pequeños pasos hasta conseguir la clausura de
    Internet. Porque quien sepa un poco de qué va la película, sabrá
    que hay alternativas varias para la difusión de enlaces de
    contenido con derechos de autor. Por esto es por lo que no alcanzo
    a ver el objeto de estas leyes que se están haciendo. Un saludo
    para todos y felicidades por tu blog.

  13. […] Es de juzgado de guardia lo que se quiere llevar adelante y
    contra ello sólo podemos hacer ruido e informarnos, lo primero
    hacedlo como se os ocurra y para lo segundo os dejo unos cuantos
    links muy interesantes. “La reforma inconstitucional se viste de
    seda pero inconstitucional se queda”“Fraude de etiquetas”“La
    verdadera cara de la Ley Sinde”“Me van a desconectar de Internet si
    uso redes P2P”“Sobre los cierres de páginas y servicios web que
    vulneren los derechos de propiedad intelect… […]

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