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Los hoteles deberán pagar también por la comunicación pública de obras audiovisuales

La noticia no es reciente, pero la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo (suscriptores Bosch-online) sí.

EGEDA presentó una demanda contra un hotel en reclamación de las cantidades dejadas de abonar en concepto de derechos de comunicación pública de obras audiovisuales y cinematográficas cuya gestión tenía encomendada. El hotel alegó que ya pagaba regularmente por estos conceptos a SGAE, no acreditándose que EGEDA gestionara intereses distintos de la primera, que además no había sido llamada al juicio a pesar de que podría verse afectada por la resolución (falta de litisconsorcio pasivo necesario). Se añadían otros argumentos como el clásico referente al carácter doméstico de las habitaciones de hotel.

Tanto en primera instancia como en apelación se estiman los argumentos del hotel, absolviéndole de pagar a la demandante.

«No aparece suficientemente probado en autos que la gestión de derechos cuyo importe viene satisfaciendo la demandada a la Sociedad General de Autores de España se refiera solamente a los de los autores, y no a los de los productores, y que, para el éxito de la acción ejercitada, la actora debería haber demostrado, no sólo su comisión de gestión de los derechos de los productores cinematográficos en cuya defensa dice actuar, sino también que estos derechos -de orden económico- no vienen siendo gestionados por la S.G.A.E. en lo que respecta a la comunicación pública llevada a cabo por la sociedad demandada».

«Esta prueba no puede hacerse recaer sobre la demandada que razonablemente entiende que con el abono de los cuotas que le exige la S.G.A.E. tiene satisfechas sus obligaciones derivadas de los derechos que para los autores -en términos generales- generan la comunicación pública por medio de radio o televisión de las obras de aquéllos; y aún cuando la Ley autoriza la gestión por distintas entidades, de los derechos de naturaleza distinta, ello no permite que al deudor se le pueda exigir dos veces el cobro de derechos de explotación por un mismo concepto.»

En el contrato entre el hotel y SGAE expresamente se contemplaban las obras cinematográficas y audiovisuales, por lo que el hotel razonablemente podría pensar que efectivamente no tenía por qué pagar a EGEDA por el mismo concepto.

El caso es no es el mismo concepto, ya que EGEDA representa a los productores y SGAE no, cuyos derechos son distintos y tampoco son gratuitos. Así que finalmente se estima el recurso de EGEDA, aunque parcialmente y sólo en relación con las obras audiovisuales, salvándose el hotel en cuanto al pago por la comunicación pública de obras cinematográficas dado que no se acredita la cesión de derechos a los productores (tampoco respecto a las audiovisuales, si bien no es necesario ya que se presume realizada según la regulación del contrato de producción).

Si a esto añadimos las consideraciones de la Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 7 de diciembre de 2006 (Asunto prejudicial C-306/05), que establece que el carácter privado de los dormitorios de un establecimiento hostelero no impide que se considere que la comunicación de una obra en tales habitaciones, efectuada por medio de televisores, constituye un acto de comunicación al público en el sentido del art. 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29, está claro que las entidades de gestión tendrán que renegociar el pago por estos derechos con los hoteles, cuyo coste se incrementará aún más al tener que satisfacer a todos los titulares de la cadena de producción.

Publicado enJurisprudenciaPropiedad Intelectual e Industrial

3 comentarios

  1. Que tengamos que llegar al Supremo para afirmar que los derechos de los autores son diferentes a los de los productores… mal vamos.

  2. Hola:

    Teneis razón ambos, ahora va a ser el jaleo de las entidades de gestión, porque al margen se presentará DAMA para cobrar lo de los actores por la series que salen por la tele. (108.4 LPI)

    EGEDA extenderá esto también a la hostelería, etc, etc.

    Vamos, que esto va a ser un cachondeo,porque imagino que SGAE no renegociará sus cuotas a la baja y los profesionales se quejarán.

    Un saludo.

  3. Por un lado, veo lógico el resultado, en tanto los representados son diferentes, y cada uno tiene sus derechos.

    Ahora bien, se está creando una cadena de pagos necesarios a la hora de contar con los equipos que requerirá de medidas para no llegar a cuotas absurdas. Autores, productores, por supuesto que deben cobrar, pero tal vez deberían ponerse de acuerdo para no ahogar a los establecimientos hoteleros con determinados importes. Pero en ocasiones parece que entre las mismas entidades gestoras cuesta llegar a algún acuerdo efectivo… habrá que ver cómo se va desarrollando el tema.

    Saludos,

    Sergio

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