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Ley de Investigación Biomédica

A la vez que los comentarios de deincognito acerca de los datos biométricos a propósito del Convenio de Prüm y del Proyecto de Ley de bases de datos policial de identificadores obtenidos a partir del ADN, que llegan en el mejor momento para reabrir el debate, se publica en el BOE de ayer la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica, que contiene especificaciones en materia de protección de datos.

Entre los aspectos destacables:

  • Se refuerza el consentimiento necesario para obtener estos datos, informado en el sentido en que comprenderá la naturaleza, importancia, implicaciones y riesgos de la investigación, deberá prestarse por escrito y su negativa no influirá en la asistencia sanitaria que deba recibir el afectado.
  • Se regula el derecho a la información, pero también el derecho a no ser informado.
  • Tanto las muestras biológicas como los datos que se hayan obtenido tras la investigación recibirán el mismo tratamiento.
  • Cuando los datos pudieran revelar información de carácter personal de sus familiares, la cesión a terceros requerirá el consentimiento expreso y escrito de todos los interesados. Recuerden esto cuando su compañía de seguros les pida una muestra de ADN para contratar un seguro de vida.

Hay mucho más, así que merece una lectura reposada.

Dejando las cuestiones de protección de datos, la ley tuvo muchas críticas por parte de sectores conservadores, ya que entre otras cosas regula la clonación terapéutica. Por mi parte creo que es un avance muy positivo, que coloca el derecho a la salud y la dignidad del ser humano por encima de concepciones religiosas o morales que, aunque son absolutamente respetables, no priman sobre el individuo.

Por cierto, si quieren añadirle complejidad a estas cuestiones les recomiendo echen un vistazo a la sentencia del TEDH sobre el caso de Natalie Evans.

Publicado enPrivacidad y Protección de Datos

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