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Trámites por vía telemática en la Agencia de Protección de Datos

La expansión de los registros telemáticos tenía que llegar a la Agencia de Protección de Datos, no sólo porque por su trabajo tiene más vinculación con las tecnologías de la información, lo que facilita la adaptación de los trámites, sino porque es algo que se venía pidiendo por quienes trabajamos en esto. La notificación de ficheros por Internet a través del programa de Agencia funcionaba bien (no el programa, que tiene bastantes limitaciones), pero requiere al final el envío off-line de la hoja de confirmación del trámite con firma manuscrita.

En el BOE de hoy se publica la Resolución por la que se crea el Registro Telemático de la Agencia Española de Protección de Datos, que entra en funcionamiento el 1 de septiembre, así como los formularios electrónicos a través de los que deberán efectuarse las solicitudes de inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de Datos, lo que es el sistema NOTA, y los formatos y requerimientos a los que deben ajustarse las notificaciones remitidas en soporte informático o telemático.

El gran avance respecto al sistema actual es la utilización de firma electrónica reconocida. La Agencia publicará en su web la relación de certificados reconocidos, conformes con la recomendación de la UIT X.509 (infraestructura de clave pública), y se adelanta que en el caso de envío de notificaciones en lenguaje XML (aunque la norma dice formato) se deberá utilizar el estándar Xml Digital Signature.

Se habla de neutralidad tecnológica e interoperabilidad, lo que hace pensar que el funcionamiento será compatible con la mayoría de sistemas operativos y navegadores.

Publicado enAdministración ElectrónicaPrivacidad y Protección de Datos

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