La noticia de la aprobación de la Directiva sobre retención de datos, de la que ya comenté algunas cosas, ha recorrido Internet. Se habla de la aprobación como definitiva. No obstante, como QuickLinks recuerda, el texto todavía debe pasar por el Consejo. Una vez más, los medios se adelantan.
El texto final del Parlamento Europeo recorta la postura de la Comisión, reteniéndose los datos entre seis y veinticuatro meses, pero no es para estar contento (recomendable el artículo de Out-law). Entre otras cosas, todavía no sabemos quienes serán las «autoridades competentes» que custodirán los datos, y cómo lo harán. Según leo aquí, los diputados españoles han apoyado con insistencia la inclusión de las llamadas perdidas entre los datos a retener, ya que los ataques terroristas de Madrid fueron procesados gracias a la investigación de llamadas perdidas de teléfonos móviles. Mucho miedo.
Y en toda esta avalancha de noticias leo, via QuickLinks, que los irlandeses han encontrado un bug, y otros se les han unido. El proyecto se ha tramitado como si afectara a materias incluidas en el primer pilar del Tratado de la Unión Europea (ciudadanía de la Unión, políticas de la Comunidad, Unión Económica y Monetaria, etc., materias de los tratados constitutivos), cuando en su opinión pertenece a las del tercer pilar (cooperación policial y judicial en materia penal). El borrador se ha aprobado por mayoría y no por unanimidad, como corresponde a las materias del tercer pilar, y de ahí la importancia.
No les falta razón si partimos de la base de que todas las medidas de control establecidas en la Directiva se justifican con la persecución del crimen organizado y el terrorismo, tal como se deja tan claro no sólo en la Directiva sino en los trabajos preparatorios, y que se prevé la comunicación de datos y la cooperación entre las autoridades nacionales. Los disidentes parecen decididos a llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
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