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Cotillón frustrado

Ya disculparán que hable de cotillones en esta época del año y con estos calores, pero las resoluciones judiciales tardan un tiempo -variable en función de parámetros que escapan a mi conocimiento- en llegar a las editoriales jurídicas y, visto lo visto, conviene preparar con antelación la celebración del año siguiente.

Resulta que en vísperas de la pasada nochevieja, la SGAE solicitó y obtuvo del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz la adopción de medidas cautelares «inaudita parte» (tal era el peligro para la lesión de derechos de propiedad intelectual que no se les concedió posibilidad de alegaciones) consistentes en requerir a los organizadores de un cotillón que se iba a celebrar en una finca privada para que se abstuvieran de reproducir o comunicar públicamente (o, en su defecto, suspendieran) cualesquiera obras musicales, mediante ejecución mecánica o humana, así como secuestrar y precintar el material con el que se pensaba llevar a cabo dichas actividades.

Junto a la ya clásica acreditación de legitimación de la SGAE (la mera presentación de sus estatutos y la autorización del Ministerio de Cultura), me llaman la atención las presunciones del Juez para justificar tan gravosa medida. El «fumus boni iuris» o apariencia de buen derecho (uno de los requisitos para conceder las medidas cautelares), consistente en este caso en la verosimilitud o apariencia clara de vulneración de los derechos del autor o conexos, se entiende suficientemente demostrada por el mero hecho de presentar documentos que acreditan que el 31 de diciembre se iba a celebrar una fiesta-cotillón en dicha finca, resultando patente y notorio, por ser consustancial a este tipo de festejos, que en ellos se proceda a la reproducción y comunicación pública de obras musicales, de donde se colige la presunta inminente infracción de los derechos de propiedad intelectual (art. 141 LPI), al no haber sido solicitada la autorización de la entidad de gestión actora.

Así, sin más. Todo el mundo sabe que no hay fiesta sin música, y debe saber que no hay música sin SGAE (da igual qué música sea), a pesar de que dicha fiesta se haga en una propiedad privada. Ténganlo en cuenta cuando vayan a celebrar su cumpleaños con sus amigos en casa.

Publicado enJurisprudenciaPropiedad Intelectual e Industrial

Un comentario

  1. Jorge Jorge

    Si al final les habran hecho un favor, imaginate que llegan a poner musica de la $ga€, Bisbal, Bustamante, o las autoridades no lo permitan, Juan, horror de los horrores.

    Sigo pensando que estas sociedades deberian morir, creo que en un bar se realizo la demostracion de la estupided siguiente: si pones la radio en un bar tienes que pagar a la $ga€, pero si les dices a todos que se traigan su walkman y que se pongan la misma emisora no pagas nada, sin embargo el resultado es el mismo, y ademas muy curioso ver a gente bailar al ritmo sin oir nada.

    Panda de ladrones.

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