<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><!-- generator="wordpress/2.2.3" -->
<rss version="2.0" 
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	>
<channel>
	<title>Comentarios en: Transferencia y cesión de derechos sobre títulos habilitantes</title>
	<link>http://www.jprenafeta.com/blog/archive/2008/07/15/transferencia-y-cesion-de-derechos-sobre-titulos-habilitantes/</link>
	<description>Derecho de las Tecnologías de la Información y la Comunicación</description>
	<pubDate>Tue,  2 Dec 2008 08:38:53 +0000</pubDate>
	<generator>http://wordpress.org/?v=2.2.3</generator>

	<item>
		<title>Por: Recent URLs tagged Derechos - Urlrecorder</title>
		<link>http://www.jprenafeta.com/blog/archive/2008/07/15/transferencia-y-cesion-de-derechos-sobre-titulos-habilitantes/#comment-183200</link>
		<dc:creator>Recent URLs tagged Derechos - Urlrecorder</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 05 Oct 2008 08:31:39 +0000</pubDate>
		<guid>http://www.jprenafeta.com/blog/archive/2008/07/15/transferencia-y-cesion-de-derechos-sobre-titulos-habilitantes/#comment-183200</guid>
		<description>[...] Recent public urls tagged &#34;derechos&#34;  → Transferencia y cesión de derechos sobre títulos habilitantes [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[&#8230;] Recent public urls tagged &quot;derechos&quot;  → Transferencia y cesión de derechos sobre títulos habilitantes [&#8230;]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Javier Prenafeta</title>
		<link>http://www.jprenafeta.com/blog/archive/2008/07/15/transferencia-y-cesion-de-derechos-sobre-titulos-habilitantes/#comment-181947</link>
		<dc:creator>Javier Prenafeta</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 23 Jul 2008 15:12:22 +0000</pubDate>
		<guid>http://www.jprenafeta.com/blog/archive/2008/07/15/transferencia-y-cesion-de-derechos-sobre-titulos-habilitantes/#comment-181947</guid>
		<description>Pablo, en el propio reglamento se establecen expresamente estas cuestiones. Las sucesivas transferencias son posibles (art. 52), pero no las cesiones (art. 59). Entiendo que pueda existir un intermediario en estos casos, pero como representante del cesionario. Si se quiere hacer una nueva cesión, el cedente deberá recuperar el derecho previamente.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pablo, en el propio reglamento se establecen expresamente estas cuestiones. Las sucesivas transferencias son posibles (art. 52), pero no las cesiones (art. 59). Entiendo que pueda existir un intermediario en estos casos, pero como representante del cesionario. Si se quiere hacer una nueva cesión, el cedente deberá recuperar el derecho previamente.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Pablo F Burgueño</title>
		<link>http://www.jprenafeta.com/blog/archive/2008/07/15/transferencia-y-cesion-de-derechos-sobre-titulos-habilitantes/#comment-181902</link>
		<dc:creator>Pablo F Burgueño</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Jul 2008 23:29:37 +0000</pubDate>
		<guid>http://www.jprenafeta.com/blog/archive/2008/07/15/transferencia-y-cesion-de-derechos-sobre-titulos-habilitantes/#comment-181902</guid>
		<description>Precisamente sobre este punto he tenido un par de conversaciones. En una de ellas llegamos incluso a apostar un six-pack a si era o no posible realizar una doble cesión o subcesión. Es decir, ¿podría el cedente autorizar al cesionario para que éste fuera a su vez cedente de una subcesión a un determinado subcesionario? El tema tiene tela, y toda la lógica me decía que si el cedente autoriza al cesionario a que éste ceda a su vez el uso de determinadas frecuencias a un tercero, que previamente hubiese sido aprobado por el primer cedente, sería (no jurídicamente) como si el cedente mismo (el primigenio) realizara la cesión, solo que con un intermediario. En este caso, si se cumplen los requisitos que garanticen la calidad del servicio, ¿podría llegar a obtenerse la autorización administrativa previa? Pues parece que después de estudiarlo, ¡tendré que pagar el six-pack!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Precisamente sobre este punto he tenido un par de conversaciones. En una de ellas llegamos incluso a apostar un six-pack a si era o no posible realizar una doble cesión o subcesión. Es decir, ¿podría el cedente autorizar al cesionario para que éste fuera a su vez cedente de una subcesión a un determinado subcesionario? El tema tiene tela, y toda la lógica me decía que si el cedente autoriza al cesionario a que éste ceda a su vez el uso de determinadas frecuencias a un tercero, que previamente hubiese sido aprobado por el primer cedente, sería (no jurídicamente) como si el cedente mismo (el primigenio) realizara la cesión, solo que con un intermediario. En este caso, si se cumplen los requisitos que garanticen la calidad del servicio, ¿podría llegar a obtenerse la autorización administrativa previa? Pues parece que después de estudiarlo, ¡tendré que pagar el six-pack!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>
