Bien, si quien me aloja esta bitácora no vuelve a tener problemas, puede que lean esta entrada.
Los dispositivos RFID son, desde hace tiempo, criticados por la invasión a la privacidad que pueden suponer, al proporcionar información sobre la localización geográfica de su portador, revelar que una persona lleva en su poder determinado objeto o que ha utilizado determinado servicio. A fin de romper con esta mala imagen y recalcar que la tecnología en sí no es negativa y que todo depende del uso que se le dé, el Center for Democracy & Technology ha elaborado una Guía de Buenas Prácticas para la implantación de tecnología RFID.
La guía señala los principios de aviso, opción y consentimiento, tranferencia posterior de los datos, acceso y seguridad. En el fondo se trata de cumplir con los requerimientos que impone la normativa de protección de datos y de garantizar transparencia en su uso, por lo que lo que viene a decir es que se debe facilitar al usuario información completa sobre la información que contiene el dispositivo, para qué finalidades se utiliza o las cesiones de dicha información a terceros, lo que deberá facilitarse, en los casos en que sea posible, antes de la contratación del producto o servicio que conlleva la instalación del dispositivo. Asimismo, en los establecimientos en que se utilice RFID deberá indicarse en la entrada, y posibilitar la desactivación del mismo por medios sencillos.
Lo más importante es que la guía viene suscrita por empresas como Cisco Systems, IBM, Intel, Microsoft, Procter & Gamble, Verisign y Visa U.S.A.






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