Certimail

A través de la web de la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) me entero de la existencia de Certimail, servicio de envío de emails certificados con depósito notarial.

El eslogan me llama mucho la atención, así que voy a su web a ver cómo está montado esto. Según lo que cuentan, consiste en el envío, por cuenta del usuario, de mensajes por correo electrónico con certificado digital, del que se envía una copia a un Notario que guarda en depósito durante un año, con algunas ventajas como la posibilidad de hacer un seguimiento de los mismos, notificación de su recepción y medidas de seguridad informática.

La web cuenta con un certificado de Thawte y la navegación es segura en todo momento, no sólo en el proceso de registro, en el que además, a primera vista, se cumple con la LSSI y con la LOPD. Al parecer incluso ha sido peritado favorablemente por el Colegio Oficial de Ingeniería Informática de Cataluña. Una maravilla.

En cuanto al testimonio notarial del contenido del mensaje hay que tener en cuenta que sólo Certimail tiene respecto al Notario la condición de “interesado” en cuanto al depósito. Esto significa que sólo Certimail puede solicitar el testimonio notarial del correspondiente Acta cuando lo necesitemos. Con esto perdemos el control del depósito, que podría constituir una valiosa prueba en juicio, y tendremos que estar atados con esta empresa necesariamente por este motivo. Esto es así porque en realidad el depósito de todos los mensajes es único (hay un sólo protocolo al que se van uniendo documentos), y de ahí que su coste para el usuario sea sustancialmente inferior al de un depósito notarial habitual. En cualquier caso, contractualmente siempre tendremos la posibilidad de exigir ese testimonio parcial a Certimail.

La gran pega la veo en las garantías. El servicio puede ser estupendo y muy fiable, pero a mí como usuario lo que me interesa es saber cómo van a responder si tengo algún problema. Conozco las garantías y responsabilidad del Notario, pero esto se circunscribe al texto del mensaje y adjuntos que recibe (aunque no siendo yo el titular del depósito, jamás se la podré exigir), y eso es sólo una parte del servicio. ¿Qué pasa si, por los motivos que sean, el Notario no recibe el texto íntegro, o tiene errores, o los adjuntos se dañan o pierden?. ¿Qué pasa si hay un problema en la transmisión y el mensaje no llega al destinatario, o si el certificado digital no es operativo, o si falla la seguridad y es interceptado,…?. Tengan en cuenta que estamos hablando de una empresa, no de un fedatario público.

Estas, y otras respuestas, se encuentran en las condiciones generales de la contratación del servicio.

CERTIMAIL hará los esfuerzos razonables, según los estándares del mercado, para garantizar la privacidad y seguridad de los mensajes enviados mediante el Servicio Certimail.

CERTIMAIL EXCLUYE TODA RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE AL ACCESO Y, EN SU CASO, A LA INTERCEPTACIÓN, ELIMINACIÓN, ALTERACIÓN, MODIFICACIÓN O MANIPULACIÓN DE CUALQUIER MODO DE LOS MENSAJES QUE LOS USUARIOS TRANSMITAN, DIFUNDAN, ALMACENEN, RECIBAN, OBTENGAN O ACCEDAN A TRAVÉS DEL SERVICIO CERTIMAIL, SALVO SI DICHAS ACCIONES HAN SIDO POSIBLES POR DOLO O NEGLIGENCIA GRAVE POR PARTE DE CERTIMAIL.

[…]

CERTIMAIL hará los esfuerzos razonables, según los estándares del mercado, para garantizar la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del Servicio Certimail.

CERTIMAIL EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA FALTA DE DISPONIBILIDAD O DE CONTINUIDAD DEL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO, A LA DEFRAUDACIÓN DE LA UTILIDAD QUE LOS USUARIOS HUBIEREN PODIDO ATRIBUIR AL SERVICIO CERTIMAIL, A LA FIABILIDAD DEL SERVICIO CERTIMAIL, Y EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUSIVO, A LOS FALLOS EN EL ACCESO AL SERVICIO O EN LA EJECUCION DE CUALQUIERA DE LAS PRESTACIONES PREVISTAS EN ESTAS CONDICIONES GENERALES, SALVO CUANDO ELLO DERIVE DE DOLO O NEGLIGENCIA GRAVE POR PARTE DE CERTIMAIL.

[…]

CERTIMAIL EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUDIERAN DEBERSE A LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO POR PARTE DE LOS USUARIOS O QUE PUEDAN DEBERSE A LA FALTA DE VERACIDAD, VIGENCIA, EXHAUSTIVIDAD Y/O AUTENTICIDAD DE LA INFORMACIÓN QUE LOS USUARIOS PROPORCIONAN A CERTIMAIL PARA DARSE DE ALTA COMO USUARIO DEL SERVICIO CERTIMAIL, ASÍ COMO POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA SUPLANTACIÓN DE LA PERSONALIDAD DE UN TERCERO EFECTUADA POR UN USUARIO EN CUALQUIER CLASE DE COMUNICACIÓN REALIZADA A TRAVÉS DEL SERVICIO CERTIMAIL.

Es decir, que se esforzarán mucho, pero no dan ninguna garantía ni responsabilidad. Como cualquier abogado les dirá, el dolo o la negligencia grave es algo que tendrán que demostrar Uds., y teniendo en cuenta la jurisprudencia existente sobre responsabilidad civil no creo que en este caso fuera precisamente fácil de apreciar por los tribunales. Así que ya me dirán. El servicio de Correos no es perfecto, pero al menos tiene algunas garantías (secreto de las comunicaciones, confidencialidad, entrega del envío).

En fin, me decepciona, ya que tampoco creo que un seguro de responsabilidad civil les hubiera resultado proporcionalmente tan caro.

15 Comentarios

  1. Por
    torresburriel
    Publicado el
    4/01/2006

    Con reseñas así, da gusto. Que tiemblen los de Legalitas, jeje.

  2. Por
    Javier
    Publicado el
    5/01/2006

    Venga, si la crítica tampoco es tan mala. En realidad el servicio parece muy bueno, y con que cambien el tema de la responsabilidad y contraten un seguro será estupendo, barato, útil y cómodo.

  3. Por
    Jorge
    Publicado el
    5/01/2006

    Correos dirá lo que quiera, pero tiene las mismas limitaciones técnicas que certimail en cuanto a los servicios on-line. A mi me parece que certimail al menos es sincero en sus explicaciones, lo cual le da un voto positivo ante esas web que no ponen ninguna pega a certificar un usuario con tan solo una dirección email.

    El secreto de las comunicaciones esta protegido por la ley, por lo tanto aunque mandases los emails en texto claro deberían estar protegidos legalmente ante cualquier inspección del contenido. Claro, que si te quieres asegurar deberías ocuparte de cifrar los contenidos, bien utilizando https o en el caso de emails seria cifrándolos utilizando la clave de certimail.

    La confidencialidad no se como la tratan, pero la entrega del envío es otro punto en el que no se me ocurre donde puede haber una diferencia tangible, teniendo en cuenta que ninguno de los dos servicios explican claramente lo que hacen. Yo enviaría un email con un link al contenido del email original, pero como el email que contiene el link no puede ser cifrado al desconocer la clave publica del destinatario (muy poca gente tiene) en ese momento se pierde el cifrado.

    El tema de la confiabilidad en informática es muy controvertido, piensa sino en la posición de certimail. Pongamos el caso, certimail recibe un mensaje de email cifrado con la clave publica de certimail y firmado con la clave privada del autor, en principio parece un caso claro de comunicación perfecta, ¿no?. Bien, lo que certimail recibe es un montón de bytes que han sido generados por un programa en el pc del usuario. Pueden suceder muchas cosas en el pc del usuario:

    - Se esta tomado el café y alguien ha utilizado su ordenador (*).
    - Tiene un virus que se añade al final de los mensajes redactados en outlook.
    - Tiene un troyano que permite el control del pc, registro de contraseñas, etc.
    - Al fin y al cabo el código fuente de outlook no es conocido, no es confiable.
    - Su ordenador esta en el servicio técnico (*).

    (*) Hay gente que se configura su software para que solo le pida la contraseña de su certificado una vez en la sesión o directamente sin contraseña.

  4. Por
    Javier
    Publicado el
    5/01/2006

    Veo maldad en tu primer párrafo.

    Efectivamente, el secreto de las comunicaciones se garantiza por ley, pero no está de más que estos servicios de mensajería electrónica lo recuerden. Certimail podría al menos declararlo en vez de limitar tanto su responsabilidad. Al igual que Correos, deberían implantar las medidas técnicas necesarias para que sea una realidad y manifestarlo expresamente, al igual que una política de seguridad en cuanto a la gestión de los mensajes.

    Lo segundo que comentas entiendo que es problema del usuario, que debe ser responsable de la custodia de sus claves y de tener el ordenador libre de virus, así que ahí sí que veo lógico que el proveedor del servicio se exima de toda responsabilidad. Lo de Outlook, en fin, cuenta con el aval de Microsoft ;)

  5. Por
    aLi
    Publicado el
    6/01/2006

    Por lo tanto nos seguimos quedando con la Firma Digital no? Por lo menos te asegura confidencialidad e integridad. La pena, esque no este mas extendida, como todo en España, le cuesta… ;)

  6. Por
    Marta
    Publicado el
    8/01/2006

    Soy abogada y trabajo en el departamento de derecho procesal del bufete Clifford Chance, donde habitualmente se envían muchos requerimientos y notificaciones importantes, de contenido delicado, y de los que interesa guardar constancia para el caso de que el conflicto acabe en pleito. Hasta hace pocas semanas, solíamos enviar estas comunicaciones a través de Burofax.

    El domingo del puente de la Purísima tenía que enviar una comunicación importante que no podía esperar y, como las oficinas de correos estaban cerradas, decidí probar Certimail. El servicio es comodísimo ya que se envía como un email normal y directamente a través del Outlook, y mucho más barato que el Burofax. Además, en pocos minutos pude comprobar, a través del panel de control, cómo el destinatario había aceptado la entrega de la comunicación.

    Posteriormente, solicité on-line, desde la propia página web www.certimail.es, un Testimonio Notarial. A los pocos días y por algo menos de 30 Euros, recibí el Testimonio Notarial que acreditaba el envío de la dirección de correo A (la mía) a la dirección de correo B (la del destinatario) de aquel particular correo, así como la hora de apertura por parte del destinatario.

    La voz corrió deprisa y ahora en el despacho ya sólo se envían Burofax cuando no conocemos la dirección de correo electrónico del destinatario. Para todas las demás comunicaciones importantes, utilizamos Certimail, puesto que, sobre todo, es mucho más cómodo. Ya hemos pedido varios Testimonios Notariales y nunca ha habido ningún problema, al contrario.

    Las diferencias entre Certimail y el Servicio de Correos on-line son más que notables:

    1) Certimail se puede utilizar on-line pero también desde el programa de correo electrónico habitual. Yo, por ejemplo, envío “Certimails” desde el Outlook y es comodísimo.
    2) Certimail permite el envío en muchos más formatos que Correos. Por ejemplo, con Certimail se pueden enviar simples documentos del word, y por Correos on.line no.
    3) Certimail es mucho más barato.
    4) Certimail te envía comunicaciones inmediatas (on-line) avisándote de (i) la notificación del mensaje y (ii) la aceptación o rechazo de la entrega de la notificación. Además, tiene un servicio de tracking on-line que te permite controlar en todo momento el estado de los mensajes Certimail enviados.

    Obviamente, y por la importancia de las comunicaciones que enviamos a través de este servicio (todas ellas de contenido delicado y sujetas a secreto profesional), me tomé la molestia de informarme en profundidad acerca su funcionamiento exacto y las garantías que ofrecía. A este respecto, he aprendido lo siguiente:

    - La razón por la que únicamente Certimail tiene condición de interesado es porque un Notario no puede levantar testimonio Notarial de una dirección de email. El interesado debe ser una persona física o jurídica que debe personarse a la hora de hacer el acta de depósito. Por eso, si cada usuario tuviera la condición de interesado, para pedir Testimonio Notarial se tendría de personar en la Notaría, lo cual iría en contra de la filosofía del servicio, que es precisamente un servicio que vende la comodidad de un procedimiento íntegramente on-line.

    - Un notario solamente puede otorgar testimonio notarial de un acto que no atente a la Ley, la moral o el orden público, lo cual explica por qué Certimail no garantiza la entrega del Testimonio Notarial. Imaginad que alguien enviase a través de Certimail una comunicación claramente contraria a la Ley: si Certimail hubiera incluido la garantía del Testimonio Notarial, se vería forzada a incumplirla porque el Notario, por Ley, no podría otorgar el Testimonio solicitado.

    - En cualquier caso, en la medida en que el servicio SÍ garantiza el depósito notarial durante un año, un Juez siempre podría pedir directamente al notario una copia del email depositado (incluso cuando e contenido de éste fuese ilegal).

    - En cuanto a la garantía del secreto de las comunicaciones, coincido completamente con Jorge en el sentido de que el secreto de las comunicaciones está protegido por la Ley, de modo que Certimail está obligada a respetarlo de cualquier modo.

    - En cuanto a las demás garantías, creo honestamente que son las mismas en ambos servicios.

    Creo, en definitiva, que hay que dar la bienvenida a cualquier servicio que, como Certimail, te hace la vida más fácil.

    Probadlo, ya veréis.

  7. Por
    Pedro
    Publicado el
    8/01/2006

    Por supuesto si la firma digital estuviera más extendida la vida sería más sencilla para todo el mundo :) . Como usuario de “certimail”, aunque de momento sólo he enviado un certimail, el servicio me ha resultado muy intuitivo y fácil de usar. Considero que és un servicio útil si conocemos el email del destinatario a quien queremos notificar.

  8. Por
    Javier
    Publicado el
    9/01/2006

    Disculpa Marta los problemas que imagino habrás tenido para los comentarios. Muchos los ha pasado a moderación. Al final incluyo el que ves, que creo es el más completo.

    A mí Certimail me parece un buen servicio, ya lo he dicho, y es cómodo y barato. La condición de interesado de Certimail es, además de que así es más cómodo, porque sólo hay un depósito donde se van incluyendo todos los documentos, y cuyo titular único es Certimail.

    Sin duda lo probaré. Lo que yo quería señalar es que el tema de la responsabilidad es necesario porque en todo sistema puede haber fallos, y más aún para los abogados dado el tipo de comunicaciones que enviamos.

  9. Por
    Enric
    Publicado el
    31/01/2006

    El servicio me parece muy interesante,pero tengo mis dudas con el precio del testimonio notarial ¿ puede variar mucho ? aqui se comenta que una vez costó aproximadamente 30 €. Alguien ha pedido otros testimonios? que precio puede salir de media?
    Te puedes encontrar con alguna sorpresa ( por ej. Clavada ).

  10. Por
    Joan Baylina
    Publicado el
    1/02/2006

    Hola, soy Joan, director general de Certimail. En relación con el último comentario debo manifestar y aclarar lo siguiente:

    1.-El precio de los Testimonios Notariales viene fijado reglamentariamente por el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Notarios.
    El tipo de Testimonio Notarial que se expide a los usuarios del Servicio Certimail que lo solicitan cuesta 18 Euros más 1,5 Euros por página adicional. Es decir, el Testimonio Notarial de, por ejemplo, un requerimiento de 2 páginas enviado por Certimail como documento adjunto cuesta 21 Euros.

    2.-La razón por la que las tarifas de los Testimonios Notariales no están en la página web de Certimail (aunque es posible que a partir de ahora incluyamos alguna aclaración) es porque el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Notarios está pensado, obviamente, para documentos o contenidos imprimibles (de ahí que el coste sea por páginas), lo cual no casa bien, como es lógico, con los archivos de música o video, con respecto a los cuales los Notarios depositarios deben hacer un cálculo caso por caso. De ahí que, como no podemos prever de antemano qué tipo de archivos adjuntos enviará el usuario, para solicitar un Testimonio Notarial el usuario del servicio deba solicitar primero un presupuesto.
    Lo anterior es en el bien entendido, insisto, de que los aranceles notariales para Testimonios Notariales de depósitos imprimibles está fijada por el Reglamento. Esa y no otra es la cantidad que cobra Certimail y que después abona al Notario.

    3.-Dicho lo anterior, y para evitar malentendidos, tengo que decir que NINGUNO, ABSOLUTAMENTE NINGUNO de los Testimonios Notariales Solicitados hasta la fecha ha costado más de 21 Euros. Por tanto, Enric, quien te haya dicho lo que comentas está mal informado.

    4.-Por último, y como cuestión adicional tal vez más importante, debo añadir que la mayor parte de los usuarios de Certimail no solicitan Testimonio Notarial. Por lo que sabemos, la mayoría de ellos guardan e incluso aportan como prueba en juicio el certificado de envío y de contenido de Certimail. Como sabéis, los documentos privados son prueba plena en juicio salvo que parte contraria los impugne. El sistema Certimail se basa en la asunción de que, en la medida en que los mensajes quedan depositados notarialmente, el destinatario no va a impugnar su envío ni contenido. Si lo hace, entonces por veintipocos Euros se pide el Testimonio Notarial y ya está.

    Espero con lo anterior haber aclarado las dudas que esta cuestión haya podido ocasionar. Si os surge cualquier otra, no dudéis en poneros en contacto con nosotros a info@certimail.com.

  11. Por
    Joan Baylina
    Publicado el
    1/02/2006

    Corrección: el email es info@certimail.es

  12. Por
    Javier
    Publicado el
    1/02/2006

    Gracias Joan por las aclaraciones.

  13. Por
    Marta
    Publicado el
    1/02/2006

    Por alusiones: los Testimonios más caros que se han solicitado desde el departamento de propiedad intelectual e industrial del despacho donde trabajo han costado exactamente 21 Euros (+ IVA). Reconozco que no fui muy precisa al decir “por algo menos de 30 Euros”. Debería haber dicho por “poco más de 20”. Mea culpa, Enric.

  14. Por
    Enric
    Publicado el
    1/02/2006

    Gracias por la informacion Joan. Lo cierto que referente al importe de 30 € lo comenta Marta anteriormente. Por suerte nunca he

  15. Por
    Enric
    Publicado el
    2/02/2006

    Gracias a todos por vuestra informacion, anteriormente solo comentaba que nunca he tenido que pedir Testimonio Notarial y naturalmente me interesaba saber llegado el caso por donde andaria mas o menos. Ahora ya estoy tranquilo y espero seguir sin necesitarlo.
    Saludos y gracias de nuevo.

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