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Propiedad intelectual sobre noticias

En Out-Law comentan un reciente caso en el que un Juzgado de Nueva York ha reconocido derechos de exclusividad sobre noticias aún cuando no constituyan propiedad intelectual según la legislación norteamericana. Me parece un caso muy curioso, que aplica la doctrina sobre hot news, que atribuye un derecho de propiedad sobre una historia. Estamos hablando simplemente de hechos o sucesos que una agencia o un medio recogen o cubren, valorándose no ya la originalidad o creatividad en su expresión (a través de textos, imágenes,…), sino la inversión económica realizada para obtener o generar determinada información. Lo que esta doctrina viene a impedir es sencillamente que en determinados casos un tercero competidor comente una noticia.

Su origen se remonta al caso International News Service v. Associated Press (1918) y se justifica en garantizar el retorno de una inversión sustancial en tiempo, recursos y dinero por parte de un medio de comunicación, pues de otro modo no hay incentivo para determinada investigación periodística que sin duda es beneficiosa para la sociedad.

Esa primera sentencia recoge también la opinión de los jueces Holmes y Brandeis, que proponen una revisión de la legislación para que expresamente contemple este supuesto así como una limitación en horas para ese monopolio sobre los hechos, en todo caso la opción más acertada.

El tema tiene mucho que ver con Internet en la medida en la circulación de las noticias es mucho más rápida ahora. En Restricting Fair Use to Save the News: A Proposed Change in Copyright Law to Bring More Profit to News Reporting, Ryan T. Holte propone una revisión de dicha doctrina para limitarla a 24 horas, en realidad un nuevo límite de los derechos de autor dentro del fair use, puesto que habla de permitir la reproducción, yendo por tanto más allá de la doctrina anterior.

A quienes lo anterior les parezca claramente un abuso, piensen que la máxima de que las ideas no son protegibles, que probablemente yo también haya comentado por aquí, es cuestionable. Si, la propiedad industrial exige que las invenciones tengan una aplicación industrial y basta intentar solicitar una patente para ver que se requiere algo más que una idea, la propiedad intelectual es más subjetiva, se habla de originalidad y creatividad (aunque se registran y se negocian derechos sobre ideas de programas de TV todos los días), pero bajo la Ley de Competencia Desleal se prohiben los actos de imitación o la violación de secretos (artículos 11 y 13), estos últimos también previstos en el Código Penal (artículos 199 y 200), al margen de la protección de los diseños, marcas o textos que se utilicen en relación con productos o servicios en el mercado. Por otro lado, los acuerdos de confidencialidad (ahora Non Disclosure Agreements o NDAs, que queda más cool) protegen precisamente ideas, conocimientos (know-how) o información societaria en general, al margen de la legislación anterior, y están a la orden del día.

Volviendo sobre el tema de las noticias, la LPI no resuelve claramente su anclaje. Como declaración, la ley dice que «cualquier obra susceptible de ser vista u oída con ocasión de informaciones sobre acontecimientos de la actualidad puede ser reproducida, distribuida y comunicada públicamente, si bien sólo en la medida que lo justifique dicha finalidad informativa», aunque esto no es absoluto (los museos pueden establecer limitaciones). En la enumeración – no taxativa- de lo que pueden constituir obras se mencionan los escritos, y en el artículo 33, dentro de los límites, se hace referencia a los trabajos y artículos sobre temas de actualidad difundidos por los medios de comunicación social, que podrán ser objeto de explotación a menos que expresamente se haga constar una reserva de derechos en origen, citando a la fuente y al autor y pagando una remuneración a este último. La norma no lo indica (la jurisprudencia sí, véase el caso de Periodista Digital), pero para la aplicación de este artículo se requiere que dichos actos de reproducción, difusión o comunicación pública sean esporádicos o asistemáticos.

No obstante, el artículo 33 no excluye el requisito general de originalidad y creatividad, así que por esos «trabajos o artículos de actualidad» debe entenderse algo más que una simple noticia, más bien un trabajo de redacción y edición con una mínima elaboración a partir de un suceso, lo que constituye un artículo periodístico, en el que debe destacarse la impronta de su autor, como en cualquier obra. La mera reproducción o narración de un hecho no puede estar protegida por la LPI, al margen de que pudiera protegerse por otra vía (competencia desleal, por ejemplo), por mucho que Europa Press, Agencia EFE o Reuters, por citar algunas, parezcan indicar lo contrario. Por otro lado, si pensamos en documentales, investigaciones u otro tipo de trabajos sobre temas concretos y que no sean de actualidad, con mayor motivo podremos considerarlos como una obra y en ese sentido no se aplicaría el límite del artículo 33 para su uso por parte de terceros, sino el de cita del artículo 32.

Lo anterior define, por tanto, tres niveles de protección de la información periodística bajo la propiedad intelectual, el de «obra» reservado para estos últimos casos, cuya explotación requerirá autorización expresa de los titulares, el de «trabajo o artículo de actualidad», en los que se establece un derecho de remuneración (por defecto se permite su uso si bien a cambio de una remuneración equitativa) y las «simples noticias», que quedarían fuera de la LPI.


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Publicado enPortadaPropiedad Intelectual e Industrial

3 comentarios

  1. Ese es el problema, Javier, cuando se decide proteger más la inversión económica, que la originalidad o la creatividad, como ocurre también con la protección jurídica de las bases de datos "sui generis" (las del 133 LPI).

    Estoy de acuerdo en que determinados sectores quieran proteger su negocio, pero conferir protección a las noticias por la inversión realizada para dar cuenta de ellas me parece otro despropósito de la maltrecha y explotada propiedad intelectual.

    Gracias a Dios, un caso así no hubiese prosperado en nuestro país.

    Un saludo

  2. deincognito deincognito

    Totalmente de acuerdo con ambos.

    Por cierto, Holmes no estuvo al alimón con Brandeis en el germinar de la privacidad, sino en otras batallas. Fueron Brandeis y Warren los que parieron el "Right to Privacy" en contra del "ojo público"…¿Qué tendrían que escribir hoy?

    Salu2

  3. El Derecho norteamericano siempre ha visto el derecho de autor desde una perspectiva más económica que cultural, aunque como dices la via para proteger esas inversiones no debería ser esta.

    Cierto deincognito, gracias, lo quito. Supongo que pensarían que estamos locos aireando nuestras vidas en redes sociales.

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