Propiedad intelectual en la Expo 2008
Hoy se publica, entre otros, el Reglamento Especial número 10 de la Exposición Universal de Zaragoza 2008, relativo a la protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual, patentes y derechos de autor.
Confiaba encontrar algo interesante, pero a parte de constatar que los nombres de dominio son algo inexistente para la organización, y que se establece la obligación de comunicar al Comisario de la Exposición el ejercicio de acciones civiles o penales por infracción de estos derechos (únicamente para las responsabilidades disciplinarias internas), nada especial.
Así que nos quedamos con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento General:
Se indicará al personal de seguridad que no se permitirá a nadie dibujar, copiar, medir, fotografiar, realizar moldes, etc., con ánimo de lucro de los elementos expuestos sin el permiso por escrito del expositor.
El ánimo de lucro debería referirse, en todo caso, a la explotación posterior de lo anterior, no los actos en sí, que a priori están permitidos conforme a la ley. Las instrucciones probablemente se traduzcan en una prohibición general para los visitantes de realizar todo tipo de grabación o reproducción, pero sepan lo que hay.
También existe una reserva para la reproducción y venta de imágenes a favor de la Organización.

