¿Publicidad a través de un Juzgado?

Tal como se cuenta en Bitácoras Jurídicas, el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia tiene blog. Como forma de comunicación es interesante y proporciona información interesante sobre competencias o criterios. Hasta permite solicitar información por correo electrónico.

El caso es que cuando lo vió un compañero se horrorizó al ver que incluía publicidad de un despacho de abogados (vayan al final de esta página) y me dijo que esto había que denunciarlo. Le conté que en realidad esa publicidad no la seleccionaba el Juzgado sino que la colocaba automáticamente Google con AdSense en función del contenido.

Pero claro, aún con todo, el nombre de un despacho aparece asociado a una web referida a las actividades de un órgano de la Administración de Justicia y mantenida por un funcionario.

Es evidente que no hay una vinculación entre el Juzgado y el despacho. Google crea y gestiona la publicidad (actúa como agencia de publicidad) y el espacio es de Blogia (que además el usuario no puede ocultar), pero el titular de la web interviene en el tipo de anuncios que se incluyen, aunque no participe en la elección concreta del anunciante. Dentro las categorías de la Ley, el contrato de AdSense, aunque es una mera traducción del anglosajón y no le vendría mal una adaptación a nuestra legislación, sería un contrato de difusión publicitaria.

De todos modos, una cosa es la responsabilidad a efectos de esa normativa, y otra la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuya independencia judicial exigiría evitar cualquier publicidad de servicios jurídicos.

6 Comentarios | Responder | Suscríbete

  • Al margen de las cuestiones relativas a la publicidad, mi más sincera enhorabuena al titular del Juzgado. Confío que otros Juzgados y el propio Consejo General del Poder Judicial tomen nota y en unos años no sea una cuestión novedosa. La información es muy útil. saludos

  • El titular no interviene en el tipo de anuncios que aparecen. Eso quizá se entendería en el caso en el que obtuviera ingresos por esa publicidad (y no me vale ni lo de que tener el espacio gratis es como un ingreso, porque no hay intención de maximizar esos ingresos).

    Por cierto, en Blogia sí se puede eliminar esa publicidad, sin coste alguno.

  • Saludos

    Acá debería cuestionarse la necesidad de un sitio propio en que el titular decida qué publicidad se tiene y cual no. Es una patinada como una casa mantener una bitácora de una institución pública en un alojamiento gratuito que incluye publicidad que el Juzgado no puede controlar*…

    En fin, una página con información actualizada (sea o no sea en “formato bitácora”) siempre es buena idea, pero no sé si han sido muy listos en elegir el medio. En este caso estamos ante una buena idea mal llevada a cabo.

    Hasta Luego ;)

    *Esto lo digo porque, entrando en el caso de AdSense, los de Google AdSense te permiten “eliminar” publicidad -por más automática que sea, es poner filtros para que ciertas cosas no se muestren- y en el caso que en una página de la administración de justicia usara Google AdSense, podrían eliminar la publicida de despachos y similares de los anuncios textuales esos).

  • Vistos los comentarios, me he quedado sorprendido. He eliminado los anuncios, que naturalmente nosotros no elegimos, como parece saber todo el mundo, y desde luego, que nada nos reportan.
    Muchas gracias a aquellos que ven en el sistema un buen mecanismo de trabajo. En todo caso, conviene seguir trabajando para mejorar. Eliminada la publicidad, esperamos que todos queden contentos.
    Secretaría Juzgado de lo Mercantil Nº Uno de Valencia

  • Sin duda, José Miguel, la iniciativa es estupenda, como dice Diego, así que en cualquier caso enhorabuena. Creo que eliminando la publicidad se evitará cualquier malentendido y mejora bastante la imagen.

    Roberto, pensaba que no se podía quitar la publicidad porque así figura en la cláusula 2.b) del contrato de Blogia.

  • Sobre la publicidad en Blogia, se puede quitar de la versión básica, desde la propia zona de administración. Es una concesión que hace Blogia a los usuarios. En la versión avanzada “Blogia Plus”, no existe tal opción. A eso se refiere la cláusula del contrato, a evitar la publicidad “por las malas”

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